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PROYECTO ACTUALIDAD PLANO

La celebración del VIII Centenario de la Peregrinación de San Francisco de Asís tendrá los máximos beneficios fiscales

hace 11 años

Se constituye la comisión interadministrativa del VIII Centenario de la Peregrinación de San Francisco de Asís a Santiago que tiene como fin cumplir la Disposición Adicional de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2013, que considera la celebración Acontecimiento de Excepcional Interés Público. 

El pasado mes de octubre, la Xunta de Galicia solicitó que los actos conmemorativos del VIII Centenario de la Peregrinación de San Francisco de Asís a Santiago pudieran acogerse a los incentivos fiscales establecidos en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo.

La solicitud se tramitó a través de una enmienda de adición al articulado de la Ley de Presupuestos Generales del Estado en la que se especificaba que los actos relacionados con la celebración del VIII Centenario de la Peregrinación de San Francisco de Asís a Santiago de Compostela tendrán la consideración de acontecimiento de excepcional interés público. La duración del programa de apoyo a este acontecimiento abarca desde el día 1 de julio de 2013 incluso el día 30 de junio de 2015.

El Consejo de Ministros aprobó el 30 de agosto de este año a autorización para la creación de la Comisión Interadministrativa del VIII Centenario de la Peregrinación de San Francisco a Santiago, que hoy se constituyó y que está formada por la Administración General del Estado, la Xunta de Galicia y la Federación Gallega de Municipios y Provincias. Turismo de Galicia será el órgano encargado de organizar y llevar a cabo los programas aprobados por la Comisión Interadministrativa.

Las funciones que llevará a cabo a Comisión serán las de aprobar los planes y programas de actividades específicas que pueden dar lugar a la aplicación de los citados beneficios fiscales; la certificación de la adecuación de los gastos realizados a los objetivos y planes del programa de apoyo y la aprobación del logotipo del acontecimiento y su manual de uso y aplicación. También ejecutará la captación de recursos para la financiación de los programas proyectados por la Comisión Interadministrativa 

Turismo de Galicia será el órgano encargado de organizar el evento y ejecutar el programa de actuaciones, directamente o a través de la S.A. de Xestión do Plan Xacobeo. También ejecutará la captación de recursos para la financiación de los programas proyectados por la Comisión Interadministrativa.

Beneficios fiscales
La celebración disfrutará de los máximos beneficios fiscales previstos en la ley y las empresas que con sus aportaciones y patrocinios quieran acogerse a los beneficios fiscales, deducirán un 15 % de la cuota íntegra del impuesto de sociedades, entre otros impuestos, hasta el límite del 90 % de la donación efectuada de los gastos de publicidad y propaganda. Además, se prevén desgravaciones fiscales de hasta un 40 % del Impuesto de Sociedades por las donaciones y aportaciones que realicen.

Otras bonificaciones salientables son las referidas las de incluso el 95 % de las cuotas del IAE y las de los impuestos y tasas locales sobre las actividades y operaciones relacionadas con el evento.

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